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Información regulatoria

Última actualización: 14 de septiembre de 2026

Esta página reúne la información que un corredor de seguros debe facilitar al cliente antes de la celebración del contrato, conforme al Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, que traspuso en España la Directiva (UE) 2016/97 de distribución de seguros.

Aviso interno: esta página no puede publicarse hasta que la inscripción en el registro de la DGSFP sea efectiva y todos los datos marcados estén cumplimentados.

1. Identificación del distribuidor

  • Denominación social: [RAZÓN SOCIAL], que opera bajo la marca comercial Italica.
  • NIF: [NIF]
  • Domicilio social: [DOMICILIO SOCIAL]
  • Correo electrónico: hello@italicainsurance.com
  • Sitio web: italicainsurance.com
  • Categoría: distribuidor de seguros con la condición de corredor de seguros.

Italica media entre usted y las entidades aseguradoras. No es aseguradora y no asume riesgo por cuenta propia: el riesgo lo asume la compañía que emite la póliza.

2. Registro y supervisión

La autoridad de supervisión de la distribución de seguros en España es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), adscrita al Ministerio de Economía.

La correduría figura inscrita en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la DGSFP con el número [Nº DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA DGSFP]. Puede comprobarlo en el registro público de la DGSFP: www.dgsfp.mineco.gob.es.

La inscripción se encuentra en trámite en la fecha que consta arriba. Mientras el trámite siga abierto, la correduría no ejerce la actividad de distribución de seguros y ninguna información de este sitio constituye una oferta de mediación.

3. Naturaleza del asesoramiento

Como corredor, Italica asesora sobre la base de un análisis objetivo y personalizado. Antes de recomendar un producto, estudia un número suficiente de contratos de seguro disponibles en el mercado para el riesgo de que se trate y aplica criterios profesionales para explicar por qué ese contrato se ajusta a sus necesidades y exigencias.

Italica no es agente de ninguna entidad aseguradora y no mantiene con ninguna un contrato de distribución en exclusiva.

Italica no ostenta participación, directa ni indirecta, superior al 10 % del capital o de los derechos de voto de ninguna entidad aseguradora. Ninguna entidad aseguradora, ni empresa matriz de una aseguradora, ostenta esa participación en la correduría.

Antes de que usted firme, la correduría le entrega por escrito la propuesta, el documento de información sobre el producto elaborado por la aseguradora y la explicación de la recomendación. Las coberturas, límites, franquicias y exclusiones son las que fije la póliza.

4. Retribución

Italica percibe una comisión pagada por la entidad aseguradora, incluida en la prima que usted paga. Esa comisión no se suma a la prima: forma parte de ella.

La correduría le comunica la naturaleza de su retribución en cada propuesta que le presenta, antes de la contratación.

La correduría puede pactar con usted honorarios que abone de forma directa. Ese pacto exige acuerdo por escrito, con su importe, firmado antes de contratar el seguro. Si no se pactan honorarios por escrito, usted no paga honorarios a la correduría.

5. Seguro de responsabilidad civil profesional y capacidad financiera

La correduría tiene contratado un seguro de responsabilidad civil profesional que cubre su actividad en todo el territorio de la Unión Europea, con los límites por siniestro y por anualidad que exige la normativa.

  • Entidad aseguradora: [ASEGURADORA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL]
  • Número de póliza: [Nº DE PÓLIZA DE RC PROFESIONAL]

La correduría acredita ante la DGSFP su capacidad financiera en la forma que exige la norma, mediante garantía constituida con [ASEGURADORA DE LA GARANTÍA / CAPACIDAD FINANCIERA].

6. Ramos y productos

La correduría distribuye seguros para empresas y profesionales:

  • Daños materiales y multirriesgo de empresa.
  • Responsabilidad civil general.
  • Responsabilidad civil profesional.
  • Responsabilidad de administradores y directivos (D&O).
  • Seguros de riesgos cibernéticos.
  • Flotas y seguros de automóvil de empresa.
  • Seguros agrarios.
  • Seguros de manifestaciones y garantías en operaciones de compraventa de empresas.

La correduría no distribuye seguros de vida ni de salud por el momento. Si amplía su actividad a esos ramos, actualizará esta página.

7. Uso de sistemas de inteligencia artificial

La correduría utiliza sistemas de inteligencia artificial en su trabajo diario. Estos sistemas recopilan la información del riesgo, solicitan cotizaciones a varias entidades aseguradoras, comparan las ofertas recibidas y preparan la documentación de la operación.

Una persona con la cualificación exigida a los distribuidores de seguros revisa y firma toda recomendación y toda emisión. Esa persona responde del contenido del asesoramiento que usted recibe.

Las decisiones que producen efectos jurídicos sobre el cliente o le afectan de modo similar no se adoptan por medios exclusivamente automatizados, conforme al artículo 22 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD).

8. Quejas y reclamaciones

El procedimiento tiene dos pasos. El primero es obligatorio antes de acudir al segundo.

Paso 1. Servicio de Atención al Cliente de la correduría

Presente su queja o reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, regulado por la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

  • Responsable: [NOMBRE DEL RESPONSABLE DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE]
  • Correo electrónico: [EMAIL DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE]
  • Dirección postal: el domicilio social indicado en el apartado 1.

Indique su nombre y apellidos o denominación social, su NIF, un medio de contacto, los hechos que motivan la queja y lo que solicita. El Servicio acusará recibo y resolverá por escrito, con motivación, en el plazo máximo que fije la normativa vigente: [PLAZO DE RESPUESTA DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE: CONFIRMAR EL PLAZO EN VIGOR ANTES DE PUBLICAR].

Paso 2. Servicio de Reclamaciones de la DGSFP

Si el Servicio de Atención al Cliente no responde en plazo o su respuesta no le satisface, puede reclamar ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. El procedimiento se rige por la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.

Encontrará el formulario, los requisitos y el canal electrónico de presentación en www.dgsfp.mineco.gob.es. Deberá acreditar que presentó antes la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente.

Acudir a estas vías no le impide reclamar ante los juzgados y tribunales.

9. Protección de datos

El tratamiento de los datos personales de clientes, tomadores, asegurados y personas de contacto se describe en la política de privacidad, que incluye las finalidades, las bases de legitimación, los plazos de conservación y la forma de ejercer sus derechos.

10. Actualización de esta información

La correduría revisa esta página cuando cambian sus datos registrales, su retribución, sus ramos o la normativa aplicable. La fecha de la última revisión figura al principio.

Para cualquier duda sobre este contenido, escriba a hello@italicainsurance.com.

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